Cuando tenemos una idea de negocio que queremos poner en marcha lo primero que debemos preguntamos es cuál será la mejor forma de desarrollarla. La cuestión no es baladí, al menos desde el punto de vista jurídico, ya que la elección de una u otra forma empresarial tendrá incidencia en muchos aspectos de la empresa, como la responsabilidad patrimonial, los impuestos, las relaciones laborales, la imagen de la empresa, etc.
La decisión fundamental de nuestra iniciativa empresarial es si llevarla a cabo como autónomo (persona física) o como sociedad (persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica, por ejemplo, una comunidad de bienes).
¿Qué debemos tener en cuenta?
Pero vayamos por partes. Para tomar esta decisión, debemos tener en cuenta varias cuestiones:
.- El tipo de negocio y actividad ¿a qué nos vamos a dedicar?
.- El número de socios y la aportación de cada uno a la empresa, ¿vamos a emprender en solitario o en grupo? ¿Quién va a representar y a gestionar la empresa?
.- La cuantía de la inversión inicial, ¿necesitamos invertir inicialmente en instalaciones, mercaderías o equipo? ¿Quién va a realizar esas inversiones y cómo?
.- Las personas que va a desarrollar la actividad empresarial, ¿seremos nosotros mismos o necesitaremos contratar a trabajadores?
.- El riesgo que vamos a asumir, ¿el desarrollo de la empresa implica un riesgo elevado?
.- Las licencias o permisos administrativos que tenemos que solicitar a la administración competente y los requisitos para su concesión.
.- Los ingresos que calculamos que vamos a generar.
.- Los gastos fijos y variables que tendremos que afrontar.
.- Etc.
Es decir, ante de empezar debemos hacer un análisis pormenorizado de todas las cuestiones relacionadas con la empresa. Algunas son difíciles de estimar, como los ingresos que vamos obtener, otras irán cambiando a medida que se desarrolle la actividad empresarial, como la necesidad de contratar trabajadores. Lo importante es tener una idea clara de la idea de negocio al principio.
Una vez que conozcamos los aspectos fundamentales que rodean nuestra idea empresarial, estamos preparados para tomar la mejor decisión al respecto, que dependerá de las ventajas y los inconvenientes de ejercer la actividad como autónomo o como sociedad.
Consecuencias de la forma jurídica seleccionadas
Así las cosas, por poner algunos ejemplos, desde el punto de vista fiscal, los impuestos que pagará un autónomo son progresivos y a larga terminará pagando más impuestos, por lo que cuando alcancemos unos determinados ingresos será más beneficioso fiscalmente operar como sociedad. También existen algunos tipos societarios que cuentan con beneficios fiscales a la hora de adquirir equipamiento, maquinaria, etc.
Igualmente, un autónomo hace frente a las deudas procedentes de su actividad empresarial con todo su patrimonio personal, mientras que determinados tipos de sociedades la responsabilidad por deudas esta limitada al capital aportado por los socios.
Sin embargo, las obligaciones, los tramites, la gestión y los requisitos legales de las sociedades son más exigentes, complejos y costosos, y requieren un asesoramiento jurídico, laboral, fiscal y contable continuo.
Vemos, por tanto, que las posibilidades son múltiples, y siempre debemos elegir la forma que mejor se adapte a las necesidades e intereses de la idea de negocio, de forma que satisfaga nuestras expectativas para sacar la empresa adelante.
Si necesitas ayuda o asesoramiento legal para elegir la mejor forma de desarrollar tu empresa no dudes en ponerte en contacto conmigo. Continuamos trabajando a través de medios telemáticos.